Detiene FGE a agente del Ministerio Público acusado del delito de extorsión agravada

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El elemento exigió la suma de $50,000 para proceder a levantar el aseguramiento de un inmueble ubicado el Fraccionamiento Presa San Antonio

Cuauhtémoc.- Derivado de una investigación de la Dirección de Asuntos Internos de la Fiscalía Especializada en Control, Análisis y Evaluación, fue detenido un agente del ministerio público, cuya identidad se mantendrá en reserva para no afectar el debido proceso, por el cargo de presuntamente haber coaccionado a una víctima para recibir dinero.

Los hechos por los cuales se le cumplimentó una orden de aprehensión la tarde del jueves 23 de marzo del presente año, tuvieron lugar en el municipio de Cuauhtémoc el mes de noviembre del 2022.

De acuerdo con la denuncia y las investigaciones realizadas, el detenido, en su carácter de agente de Ministerio Público adscrito a la Fiscalía de Distrito Zona Occidente, realizó una serie de llamadas a la víctima, a quien le solicitó la cantidad de $50,000 pesos para proceder a levantar el aseguramiento de un inmueble ubicado el Fraccionamiento Presa San Antonio.

Las llamadas fueron realizadas la mañana del 06 de noviembre del 2022, en las que estuvo negociando la cantidad, hasta que la citó en las inmediaciones de los Juzgados, recibiendo presuntamente la cantidad de $28,000 pesos en efectivo, infundiéndole miedo.

El agente será presentado ante el Juez que lo requirió mediante la orden de aprehensión para que responda por los hechos de que se le acusa.

El delito de Extorsión Agravada, se encuentra tipificado en el Artículo 204 Bis, Fracción 1, del Código Penal, que señala que se cumple cuando la víctima entregue alguna cantidad de dinero para evitar el daño con que se amenaza. Además, el Artículo 204 Bis, Fracción VII, párrafo A, se refiere a la relación de confianza que debe de existir entre el usuario con el servidor público y el Artículo 204 Bis, fracción VII, párrafo B, cuando el servidor público sea integrante de una institución del ramo de seguridad pública, además de otras agravantes.

** De acuerdo con las leyes y normas vigentes, el imputado se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).